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El Consejo Escolar del Centro está compuesto por:
a. La Directora Pedagógica que lo convoca y preside.
Me. Marta Carrillo Ruiz
b. Tres representantes del Titular designados por el mismo.
Me. Rosa Jesús Escobedo Sala
Me. Andrea Finaldi Aravena
Me. Ana Castillo Rubio
c. Cuatro representantes del profesorado, elegidos por el Claustro de Profesores en votación secreta y directa.
Dña. Mª José Frontera Serra
Dña. Eugenia Corujo González
Dña. Catalina Darder Colomar
D. Ángel Fresneda Aguilar
d. Cuatro representantes de los Padres de alumnos / as, elegidos por los mismos padres.
Dña. Rosa Mena Veny
Dña. Margarita Tarberner
Dña. Isabel Gelabert Bosch
D. Pedro Juliá Frau
e. Dos representantes de los alumnos / as, elegidos por los compañeros.
Jorge Roldán
Rossana Pérez Munar
f. Un representante del personal de administración y servicios, elegidos por dicho personal.
Dña. Carmen Alaminos
Son competencias del Consejo Escolar:
a. Participar en la elaboración y aplicación del Proyecto Educativo del Centro.
b. Aprobar, a propuesta de la Entidad Titular, el Reglamento de Régimen Inte rior del Centro.
c. Aprobar y evaluar la Programación General Anual del centro que elaborará el Equipo Directivo.
d. Aprobar, a propuesta de la Directora Titular, el Presupuesto del Centro y la Rendición Anual de Cuentas.
e. Intervenir en la designación y cese de la Directora Pedagógica de acuerdo con lo previsto en el presente Reglamento.
f. Intervenir en la selección y despido del profesorado de acuerdo con lo dis puesto en el art. 60 de la Ley 8/1985, de 3 de julio (modificado en la LOPEG, disposición final 1a art. 7), y en lo dispuesto en el presente Reglamento.
g. Garantizar el cumplimiento de las normas generales sobre admisión de alumnos/as en niveles concertados.
h. Aprobar las correcciones a los alumnos/as para restaurar la convivencia en el caso de alteraciones de la misma de carácter grave.
i. Elaborar las directrices para la programación y desarrollo de las actividades escolares complementarias, actividades extraescolares y servicios escolares.
j. Proponer, en su caso, a la Administración la autorización para establecer las percepciones a los padres de alumnos/as por la realización de actividades escolares complementarias en niveles concertados.
k. Aprobar, en su caso, a propuesta de la Directora Titular, las aportaciones de los padres de los alumnos/as para la realización de las actividades extraescolares, y los servicios escolares en niveles concertados si tal competencia fuera reconocida por la Administración Educativa.
I. Establecer los criterios sobre la participación del centro en actividades culturales, deportivas y recreativas, así como en aquellas acciones asistencia-les a las que el centro pudiera prestar su colaboración.
m. Establecer relaciones de colaboración con otros centros con fines culturales y educativos.
n. Supervisar la marcha general del Centro en los aspectos administrativos y docentes.
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